BIODIVERSIDAD, CAZA Y FALLOS JUDICIALES


BIODIVERSIDAD, CAZA Y FALLOS JUDICIALES

Artículo de opinión actualizado Desde el Consejo General de Colegios Oficiales de Biólogos queremos dar una señal de alarma en relación a la falta de profesionalidad con la que se están llevando a cabo estudios y trabajos relacionados con la biodiversidad, en este caso con la fauna silvestre destinada a la caza, en lo que […]

Artículo de opinión actualizado

Desde el Consejo General de Colegios Oficiales deBiólogos queremos dar una señal de alarma en relación a la falta de profesionalidadcon la que se están llevando a cabo estudios y trabajos relacionados con labiodiversidad, en este caso con la fauna silvestre destinada a la caza, en loque debería ser un aprovechamiento regulado de los recursos naturales.

Tres sentencias del Tribunal Superior de Justiciade Castilla y León, de fecha 17 de mayo de 2017 y 21 y 26 de febrero de 2019,anulan preceptos normativos en el ámbito Autonómico relacionados con lasespecies cinegéticas y las cazables, generando un sin número de noticias entrelas que destaca “la prohibición de lacaza en Castilla y León”, muchas de ellas interesadas y en su mayor partesin enfocar la base del problema.

En estas sentencias se cuestiona la ausencia decriterios científico-técnicos para establecer qué especies deben considerarsecinegéticas y cuales deben formar parte de las órdenes anuales como especiescazables, a lo que habría que añadir la ausencia de profesionales competentes parala elaboración de los planes cinegéticos que deberían fundamentar el ejerciciode la caza en cada coto, y no caer en la falacia de reiterar una y otra vez losmismos estudios faunísticos, sin el necesario asesoramiento.

Determinadas noticias se encargan de polemizar conlas sentencias y las culpan de que no tienen fundamento técnico, cuando enrealidad la función de los magistrados es impartir justicia con base en lalegislación y normativa vigentes, olvidando que las malas prácticas estánprecisamente en la inadecuada aplicación de razonamientos técnicos a la hora deproteger la biodiversidad.

En este importante problema subyace la negligenciacon la que se abordan en ocasiones los actos judiciales privando de lasimprescindibles peritaciones realizadas por profesionales competentes en lamateria, que se encarguen de aportar criterios científico-técnicos en los quejustificar el fondo sustantivo de las sentencias, en este caso el votoparticular en contra de uno de los magistrados pone en duda el procedimientocontencioso administrativo realizado.

Si el estado actual de las poblaciones sujetas aaprovechamiento cinegético es importante, no lo es menos el de los hábitats enlos que viven, y esa visión conjunta de los ecosistemas comprobamos que se estádesvirtuando desde enfoques inmersos en actividades sectoriales, en comportamientosideológicos o, en otras ocasiones, en escritos y análisis ejercidos poraficionados, por los propios cazadores o por profesionales anclados enescenarios del pasado, que no hacen más que enturbiar las sensaciones depatrimonio natural que en realidad se tienen desde el medio rural.

Las Directivas 2009/147/CE y 92/43/CEE relativas ala conservación de las aves silvestres y de los hábitats naturales y de lafauna y flora silvestres, establecen en el ámbito europeo medidas deconservación para determinadas especies sobre las que los países miembros, comoEspaña, deben incorporar la regulación que permita la caza de alguna de ellas,pero siempre con las garantías necesarias para que no se ponga en peligro lasupervivencia de sus poblaciones.

Los estudios necesarios para determinar lasespecies cinegéticas deben estar actualizados, para cumplir con la adecuadaconservación, gestión y manejo de la fauna silvestre; deben contemplar lasituación de especies con poblaciones desequilibradas como los unguladosasociados a la caza mayor, con el ejemplo de poblaciones sobreabundantes comoel jabalí; distinguir entre las aves las especies migratorias, en ocasiones lasamenazas provienen de otros territorios de los que dependen y sobre los que nose tiene capacidad de regulación; y centrar en mayor medida los estudios en lasespecies residentes, que como el conejo o la perdiz roja tiene una granimportancia en la cadena alimentaria de nuestros ecosistemas.

No se trata de prohibir la caza, para determinadasespecies supone una regulación de sus poblaciones; tampoco de ser permisivo ensu práctica, debemos aplicar el principio de dejar en manos de profesionalescompetentes temas que afectan a nuestro patrimonio natural, al igual que sucedeen otras actividades. No se solucionará si se vuelven a aplicar modificacionesnormativas y legislativas desde las Administraciones Autonómicas obviando losproblemas de fondo que en realidad deben atajarse. 

Nuestra práctica profesional en la protección delmedio ambiente y la conservación y gestión de la biodiversidad, avalada en losámbitos científicos y técnicos y supervisada por los colegios oficiales debiólogos, nos permiten ofrecer a la sociedad nuestros servicios y establecercauces de conciliación y colaboración con las Administraciones Públicas en arasa introducir una regulación adecuada en uno más de los problemas graves yalarmantes que presenta la biodiversidad.

Va siendo hora de incorporar cambios en lasmetodologías que se aplican por las Administraciones para gestionar actividadescomo la caza, sin poner en riesgo la pérdida de la biodiversidad, uno de losproblemas de mayor envergadura con los que nos enfrentamos; se trata de centrarlos problemas y asignar las distintas tareas a los profesionales que se hanespecializado para realizarlas y de los que existen numerosos centros deinvestigación, Universidades y práctica habitual en la elaboración de planescinegéticos. Además, en este cambio de paradigma debería cumplir una laborprimordial la Administración Estatal, aportando un tratamiento y criterioscomunes para el conjunto del territorio español.

8 de marzo de 2019

JORGE ABAD GARCÍA

Comisión de Medio Ambiente

Consejo General de Colegios Oficiales deBiólogos

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